Son facultades y obligaciones del Secretario de Asuntos Sociales:
a) Controlar el cumplimiento de la prestación de los servicios para la asistencia médica de afiliados y familiares.
b) Procurar mejoras para los afiliados en las condiciones de compra de mercaderías, en Cooperativas, proveedurías, casas de comercio en general, industrias, empresas de transporte y/o cualquier otro servicio.
c) Organizar el turismo social.
d) Organizar e intervenir con la participación del vocal que representa a la Comisión Nacional de Jubilados en todo lo relacionado con la tramitación de jubilaciones, pensiones, retiros, préstamos, subsidios y toda otra manifestación de beneficio social para los afiliados.
e) Organizar e intervenir en todo lo relacionado con actos culturales y deportivos.